Cuando llegas a las 8 a la oficina, olvídate de todo porque eres suya


Llevo trabajando 3 años y medio en una empresa dedicada al transporte marítimo, logística y almacén. Entré a trabajar como administrativa aunque mi contrato es de telefonista. Los 2 primeros años he estado bien, cumpliendo mis 8 horas aunque realizando tareas que entiendo no corresponden a un contrato de telefonista. El año pasado de golpe, hubo gente que se fue de la empresa y nos quedamos sólo 4 personas en lugar de 8 que éramos, y a partir de ese momento empezó la pesadilla para todos.

Desde ese momento ya no se entraba a las 9, se entra a las 8 (GRATUITAMENTE) y no hay hora de salida (1 parada de 15 min. almuerzo y 45 min. de comida sin salir de las instalaciones), terminando a las 19.30 o 20.30 desde las 8 de la mañana. No nos pagan horas porque mi jefe dice que él considera que en oficina no se pagan horas; sin embargo, a la gente de almacén sí se las pagan.
Y allí estamos sin poder tener vida, sin poder hacer planes ni atender a nuestras obligaciones personales por las tardes porque no tenemos horario. Y como se te ocurra irte antes, y no digo antes de haber cumplido tus 8 horas, sino habiendo hecho ya un par de horas extras, porque te vas al médico o lo que sea, te cuesta un disgusto.
Esto hace que me sienta sucia, como si me pusiera desnuda ante ellos y pudieran hacer conmigo lo que quisieran, es una sensación de no tener ningún poder ni control sobre tu vida.
Cuando llegas a las 8 de la mañana, olvídate de todo porque eres suya.
El trato es malísimo, nos tratan vejatoriamente, y si te niegas a hacer horas, como fue mi caso, me plantearon cambiarme el horario y entrar 1 hora más tarde y luego quedarme la última, o partirme el horario con el fin de alargar aún mas la jornada por la tarde.
No puedo hacer nada contra ellos, estoy desesperada porque me siento muy impotente, me siento inútil ante esta situación y sin salida. Es una sensación de claustrofobia, de estar presa.
¿Qué puedo hacer?

La Abogada Contesta: 

El Estatuto de los Trabajadores obliga a cumplir un horario de trabajo. El deber del trabajador es estar en su puesto de trabajo las horas legal o convencionalmente establecidas y a cambio el empresario tiene que pagar la retribución legal o convencionalmente prevista.

El número de horas de trabajo por encima de las exigidas son horas extraordinarias que deberán retribuirse en su cuantía adecuada. Legalmente tampoco se pueden hacer todas las horas extras que quiera el empresario, sino que hay unos topes máximos, claro, ello siempre que sean horas declaradas, en el caso que nos cuentas son “alegales” o incluso “ilegales”, porque no se declaran ni se pagan.

Tendrías que  cumplir con tu horario de ocho horas, pero parece que si lo haces el empresario tomará represalias por abandonar el trabajo a tu hora. Ante esta actitud del empresario tendrías que denunciar estos hechos ante la Inspección de Trabajo (art. 8.12 Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social) o ante el Juez Social.

Si la represión se lleva a cabo a través de conductas de “acoso”, podrían justificar una baja médica, y serían susceptibles de denuncia ante la Inspección de Trabajo o ante el Juzgado. La dificultad está en la prueba de estas conductas, porque normalmente los compañeros no testificarán, así es que si has tenido bajas laborales por este motivo pueden servirte de prueba

Si deseas que esas conductas cesen tendrás que correr riesgos, necesitarías acudir al sindicato para que te ayude o a un abogado, porque cualquier tipo de acción frente al empresario puede llevar a éste a tomar otro tipo de medidas contra ti (antes o después)  más fuertes, es decir, querrá despedirte.

Y tienes que saber que, tal cual está la legislación, el despido que pudiera realizar “sin causa” que lo justifique,  sólo se podrá declarar IMPROCEDENTE (45 días de salario por año trabajado máximo 42 mensualidades), pero ante este tipo de resolución judicial quien tiene el derecho de opción de readmitir o pagar es el empresario, no el trabajador, salvo que sea representante legal de los trabajadores.

Juana María Serrano García

Deberías denunciar tu caso a la Inspección de Trabajo para que vayan en varias ocasiones y demuestren la realización de horas extras, ya que si no hay un registro diario es muy difícil demostrarlo en juicio. Además la Inspección no puede o no debe decir que se debe a una denuncia y mucho menos dar nombres.

También puedes iniciar una reclamación de cantidad por las horas extras trabajadas y no pagadas del último año, pero el problema es que las horas extras deben ser probadas por la trabajadora y, si no hay registro, solo puede probarlas mediante testifical de tus compañeros, que no se si querrían testificar.

Empieza con la denuncia a la Inspección de Trabajo.

El trato vejatorio, igualmente es una cuestión de prueba, puedes hacer grabaciones de las conversaciones cuando se dirijan a ti.

Clara Gómez Pérez

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