Impugnar un despido por un fijo discontinuo: plazo para papeleta de conciliación


Mi consulta es si existe un plazo para presentar la papeleta de conciliación por despido improcedente. Estaba en la empresa Llacer y Navarro como fijo discontinuo, y por presentar la papeleta de reclamación de los festivos, horas, dietas, etc., este año (después de mandarme al paro) resulta que no me han llamado para incorporarme. Ya hace cuatro meses que estoy cobrando del paro, cuando normalmente en campañas anteriores nunca estuve más de dos meses parado, y por cosas de la vida me han tenido que operar por lo que estoy de baja por enfermedad. En la oficina de desempleo me dijeron que aunque esté de baja, la empresa tiene la obligación de llamarme cuando corresponda, pero no lo han hecho, por lo que estoy consumiendo los meses que tengo por desempleo cuando debería de estar cobrando de la Seguridad Social. Mi abogado parece que me da largas, por eso mi consulta para saber: ¿Qué tiempo tengo para presentar la papeleta por despido improcedente?  Gracias

 


RESPUESTA DEL JURISTA:

 

El plazo para presentación de la papeleta de conciliación ante el CMAC es de 20 días hábiles (no se computan ni sábados, ni domingos ni festivos). En esos 20 días hábiles también se debe presentar la demanda judicial, dado que si pasados los 20 días hábiles referidos y no llegando a acuerdo en CMAC, ya no podrá presentar demanda en el Juzgado por caducidad. Según en qué CMAC/SMAC se están dando plazos de prácticamente más de 20 días para la celebración del acto de conciliación, por lo que le recomiendo presentar a la vez la papeleta de conciliación en el CMAC /SMAC y la demanda judicial en el Decanato del Juzgado, por si no se llegase a acuerdo en CMAC/SMAC, ya estaría presentada en plazo la demanda judicial.

Respecto al término “papeleta de conciliación”, equivale a una demanda administrativa, y es el primer paso para iniciar el procedimiento de impugnación de un despido. Es un paso obligatorio de agotar e ineludible.

Respecto a la falta de llamamiento, se ha de interpretar como un despido.

Un saludo.

Alberto Benítez Sanabria

abenitez@juristas-laboralistas.es

www.juristas-laboralistas.es

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