Prestación de servicios en una subcontrata


Fui contratado para una de las mayores empresas nacionales para trabajar en su departamento de mantenimiento a través de una empresa de servicios del mismo grupo empresarial hace más de una década. Primero con un contrato eventual de tres meses y luego pase a indefinido (no firme un nuevo contrato).

Desde que empecé a trabajar estoy en uno de sus edificios junto con otros compañeros de la misma empresa subcontrata y de el supuesto cliente que son personal de mantenimiento lo mismo que nosotros con el convenio y condiciones de la empresa cliente, que evidentemente son mucho mejores. Todos (empleados de la empresa cliente y subcontratados) hacemos el mismo horario,tenemos al mismo jefe (de la empresa cliente no de la subcontrata que nos ha contratado), las herramientas, los epis, la ropa de trabajo, los cuadrantes, las ordenes de trabajo, el control de las vacaciones,etc dependen de la empresa cliente. De unos años hacia la actualidad se están cometiendo muchos abusos por parte del cliente, como cambiar horarios en el mismo día, obligarte a hacer horas extras, no pagarnos pluses como nocturnidad, turnicidad, negativas a proporcionarnos nuestro calendario laboral o nuestro convenio y ante nuestras objeciones la respuesta es señalarnos la puerta.

No entiendo mucho de legalidades, soy un trabajador y un profesional de mi rama, pero he oído que no solo no podemos cobrar lo que cobramos (nos deben creo que kilometraje y nocturnidad por lo menos) sino también he leído que podemos estar en un caso de cesión ilegal de trabajadores, me gustaría que alguien me ayudara porque no estoy dispuesto a seguir en esta situación de abusos y explotación de una empresa que es de las que más factura a nivel nacional. Me gustaría que saber en definitiva como me puedo defender. Recientemente les he dicho que hago mis 40 horas semanales pero no quiero hacer más horas extras porque al precio que las pagan pierdo dinero y es posible que vayan a por mi, cambiándome de cliente (no se si pueden hacerlo ya que en mi contrato pone expresamente que he si no contratado para trabajar con ese cliente y no para varios de la subcontrata).

¿Qué puedo hacer?, ¿puedo denunciarles por cesión ilegal?, ¿cómo puedo defenderme? no tenemos comité de empresa que nos defienda, el comité de empresa solo defiende a los compañeros directamente contratados por la empresa supuesto cliente.


La situación que me muestras es habitual en estos tiempos. Consiste en una que en el mismo centro de trabajo existan trabajadores contratados por esa empresa y a su vez trabajadores de otra que han sido subcontratados para la prestación de unos servicios concretos dentro de ésta (art. 42 ET), ambos con distintas condiciones laborales y salariales. Ahora bien, entendemos que trabajas en una empresa de servicios con lo que te pueden ordenar que tu prestación de trabajo sea para uno u otro cliente sin incurrir en “cesión ilegal”.

En términos generales, «el ordenamiento jurídico no contiene ninguna prohibición general que impida al empresario recurrir a la contratación externa para integrar su actividad productiva y así lo reconoce el art. 42.1 ET cuando se refiere a la contratación o subcontratación para “la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de la empresa”, lo que supone que, con carácter general, la denominada descentralización productiva es lícita.

El convenio colectivo aplicable no coincide en los dos tipos de trabajadores (los de la empresa cliente y los de la empresa subcontratada) acuérdate del conflicto que han iniciado las empresas subcontratistas de telefónica por sus malas condiciones laborales. Desde luego, lo que está claro es que puedes exigir el cumplimiento de tu convenio aplicable –nocturnidad, jornada legal, etc.- esa solicitud tendrás que hacerla a través de una denuncia por incumplimiento de las condiciones pactadas.

Un buen artículo sobre esta materia puedes ver en el siguiente enlace: http://www.empleo.gob.es/es/publica/pub_electronicas/destacadas/revista/numeros/38/est07.pdf

Juana María Serrano García.
Prof. TU de la UCLM

 

 

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