CCOO denuncia nuevamente las condiciones de trabajo que sufren las camareras de piso de hoteles


CCOO convocará a la Comisión Paritaria de Seguridad y Salud Laboral establecida en el artículo 38 del Convenio de Hostelería de Santa Cruz de Tenerife para analizar el riesgo detectado físico y ergonómico detectado en todas las Evaluaciones de Riesgos Laborales realizadas en las empresas al colectivo de Camareras de Pisos.

El colectivo de Camareras de Pisos sufre el mayor índice de incapacidades temporales y totales por lesiones musculo-esqueléticas del sector de la hostelería y CC.OO., en coordinación con la Inspección de Trabajo, lleva años denunciando las condiciones de trabajo que sufren dicho colectivo y que generan un riesgo tanto ergonómico, como físico, y que ha generado incontables expedientes sancionadores.

Los Servicios de Prevención han determinado en todas y cada una de las Evaluaciones el riesgo ergonómico en posturas forzadas que sufren las Camareras de Pisos, principalmente el cuanto al alto porcentaje de la jornada que permanecen con la espalda inclinada, determinando la necesidad de ir sustituyendo las actuales camas por camas de elevación.

Sin embargo, salvo contadísimas excepciones, las empresas siguen sin poner en marcha dicha medida generando que las Camareras de Pisos acaben su vida laboral con pensiones de invalidez porque es difilísimo que lleguen a la edad de jubilación establecida después de más de cuarenta años doblando la espalada en los inadmisibles controles de trabajo que se establecen diariamente en los hoteles y apartamentos de Canarias.

Al riesgo en posturas forzadas se une el de movimientos repetitivos, que generan enfermedades específicas de dicho colectivo como el túnel del metacarpio, o de la manipulación de cargas en el desplazamiento del pesado mobiliario en la limpieza de las habitaciones; y, sobre todo, el riesgo físico que se determina a través de la medición del consumo metabólico en el puesto de trabajo por parte del servicio de prevención.

Desde 2010 el Centro Nacional de Condiciones de Trabajo del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, determinó, a través de la adjunta ITB 16/2010, que el consumo metabólico de la Camarera de Pisos debe ser ligero, 104 w/m2 como máximo, pudiendo llegar a los 130 w/m2 si se establecen pausas de trabajo.

Lo cierto es que ni una sola Evaluación de la Carga Física realizada por los Servicios de Prevención de las empresas establece un nivel ligero de consumo metabólico, todas oscilan entre los 160 y los 220 w/m2 que determinan un consumo metabólico moderado alto, (moderado de 130 a 200 w/m2), que empeora, puesto que se debe tomar el nivel más favorable desde el punto de vista preventivo con el 20% de incremento del margen de error que determina la propia UNE 8896 utilizada por los Servicios de Prevención.

Paralelamente CC.OO. convocará a la Mesa de Hostelería de ICASEL para que la misma determine medidas para eliminar el actual riesgo que sufren las Camareras de Pisos y avale, solicitando su cumplimiento, la mencionada ITB 16/2010 del CNCT del INSHT.

CC.OO. espera que la Sentencia pendiente por parte del Juzgado de lo Social ante la demanda interpuesta por dos Camareras de Pisos del Hotel H10 Costa Adeje Palace, (copia adjunta), permita combinar las actuaciones de la Inspección de Trabajo con el propio Juzgado de lo Social para garantizar de una vez unas condiciones de trabajo dignas para dicho colectivo sin riesgo para su Seguridad y Salud Laboral.

http://www.sanborondon.info/content/view/46536/46/

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