Condenan a dos años de prisión a un jefe de mantenimiento de Pascual


La Audiencia Provincial ha confirmado la sentencia que emitió el Juzgado de los Penal número 3 de Burgos el pasado 23 de diciembre de 2010 en relación al accidente laboral que se registró en las instalaciones de la factoría de Leche Pascual de la capital ribereña el 20 de octubre de 2007, en el que resultó herido un trabajador externo, de nombre Benjamín, que estaba realizando labores de mantenimiento eléctrico en una instalación de alta tensión.
En la sentencia, ahora ratificada y firme, sobre la que no cabe recurso alguno, se condena a uno de los acusados, de nombre José Pablo, por su función de jefe de mantenimiento eléctrico y seguridad a un año de prisión como autor responsable de un delito contra los derechos de los trabajadores, así como a un año de inhabilitación para el desempeño de cargo similar y una multa de 4.800 euros. Además, la Audiencia Provincial ratifica otra pena de otro año de prisión por otro delito de lesiones imprudentes, sin que concurra la circunstancia de la responsabilidad criminal, y al pago de una indemnización al demandante de 130.013’43 euros por las lesiones y secuelas que le produjo el accidente que sufrió. A estas penas se suma el pago de un tercio de las costas procesales. Los otros dos acusados, Gerardo y Paulino, quedan absueltos de los mismos dos delitos por los que estaban imputados en esta causa, por lo que el resto de las costas se declaran de oficio.
El tribunal considera hechos probados que los trabajadores de la empresa Servicios Técnicos de Mantenimiento de Alta Tensión de Castilla y León S.A., para la que prestaba sus servicios el accidentado Benjamín junto con dos compañeros suyos ese día, Ruperto y Juan Francisco, realizaron las «cinco reglas de oro» para llevar a cabo las labores de mantenimiento en un transformador de 7,2 megavoltiamperios, calificado de alta tensión, para trabajar según la normativa de seguridad.

los hechos. El accidente se produjo cuando Benjamín estaba subido a una plataforma de dos metros y medio de altura y quiso acceder a los polos de un interruptor con las pinzas de un aparato de medición. Éste pidió a uno de sus compañeros, Juan Francisco, que cerrase uno de los interruptores de la caseta del centro transformador de las instalaciones, y al realizarlo se cerró también otro interruptor que tenía tensión a causa de la instalación de un sistema de automatismo que provocaba ese cierre automático y simultáneo de los dos.
Esta situación provocó un retorno de tensión hacia donde estaba el trabajador, ocasionando una explosión que alcanzó a Benjamín, haciéndole caer al suelo y provocándole quemaduras en el 45% de su cuerpo, en tronco, dorso, cara, cuello, brazo y antebrazo izquierdos, así como distintas fracturas. Su curación precisó tratamiento médico y quirúrgico, así como 437 días de convalecencia, resultando múltiples secuelas que le ocasionaron una incapacidad permanente total reconocida, aunque no le impide realizar otro tipo de trabajo en su misma empresa.
La sentencia reconoce que los trabajadores de la empresa externa no conocían la existencia del automatismo que produjo el accidente laboral porque el acusado José Pablo no lo puso en su conocimiento y, además, este sistema no aparecía indicado en el esquema de la instalación eléctrica existente en el exterior de la celda que acoge el sistema. En el recurso interpuesto por José Pablo, que aparece como máximo responsable del mantenimiento de las instalaciones fabriles, se alega que la empresa para la que trabajaba Benjamín en el momento del accidente era conocedora de la existencia del automatismo. Sin embargo, la Audiencia entiende que el recurrente, como el máximo responsable en la planta de Aranda, era el responsable de dar la información necesaria en materia de seguridad tanto a sus trabajadores como a los trabajadores de las empresas subcontratadas, por lo que ratifica la sentencia.

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