Condenan a El Pozo Alimentación por incumplir acuerdo puso fin a una huelga


La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha desestimado el recurso que El Pozo Alimentación, S.A. formuló contra la sentencia de un Juzgado que estimó la demanda de conflicto colectivo planteada por la Federación Agroalimentario de CCOO y ha declarado que esta empresa incumplió el acuerdo que puso fin a una huelga.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que la recurrente, durante el periodo comprendido entre mayo de 2008 y marzo de 2009 «vino modificando, primero a través de una empresa externa y, después, a través de su Departamento de Métodos y Tiempos, los valores punto para medir el rendimiento del trabajo en las distintas secciones de producción».

«Estas modificaciones -añade la sentencia- dieron lugar a una convocatoria de huelga, que se desarrolló durante varias jornadas del mes de mayo de 2009 y que terminó merced a un acuerdo suscrito el 13 de mayo de ese mismo año por la compañía demandada y el comité de empresa».

Planteado el conflicto colectivo por el citado sindicato, el Juzgado de lo Social le dio la razón y declaró «el derecho que asiste a los trabajadores afectados a que sean rectificadas las tasas que les impiden alcanzar y disfrutar hasta 90 puntos/horas como rendimiento óptimo, así como el derecho que asiste a los trabajadores a no control a percibir la media de incentivos de la sección a la que pertenezcan».

Dice el TSJ que los incentivos forman parte del salario «y, por tanto, su modificación no puede realizarse de manera unilateral por la empresa, sino que debe efectuarse tal y como se pactó en el acuerdo que dio por finalizada la huelga».

La sentencia condena a El Pozo Alimentación, S.A. a pagar, en concepto de costas, 250 euros al abogado de la Federación Agroalimentaria de CCOO.

http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1258224

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