Declaran nulo el despido de los trabajadores de Confecciones Corrochano


El juzgado de lo Social de Talavera de la Reina ha considerado nulo el despido de los 50 trabajadores de Confecciones Corrochano y ha condenado a esta empresa, y solidariamente a la marca Pull and Bear, a la readmisión de los empleados y al pago de las nóminas adeudadas.

Los trabajadores de este taller textil de Talavera presentaron una denuncia contra ambas empresas por despido improcedente y por reclamo de cantidad.

El centro de trabajo cerró en julio de 2011 con una deuda de cuatro nóminas sin pagar.

Según ha informado a Efe uno de los antiguos trabajadores, Javier Arriero, la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM), les supone «una alegría contenida» porque el fallo tiene en cuenta los argumentos de su defensa y porque «condena a ambas partes solidariamente».

La denuncia contra ambas empresas se sustentaba en que Confecciones Corrochano acumulaba 25 años de trabajando para el grupo Inditex, los 15 últimos casi en exclusiva para su marca Pull and Bear, cuyos encargos suponían el 99 por ciento de la facturación.

Los abogados de la multinacional negaron durante el juicio ninguna vinculación laboral más allá de la que mantenían como meros clientes de Corrochano, que les proveía de prendas, aunque los trabajadores defendieron con sus testimonios y con documentación «un control exhaustivo de Pull and Bear en la producción y la organización».

Según Arriero, el taller «existía legalmente, pero no a efectos prácticos, pues era casi una empresa ficticia, que no tenía capacidad de trabajar por sí misma, pues la controlaba Pull and Bear».

La cantidad total a abonar según la sentencia al total de demandantes rondaría el millón de euros, pues a las nóminas adeudadas se suman los salarios de tramitación desde julio, al declararse nulo el despido.

Arriero ha indicado que si Pull and Bear recurre ante el TSJCM la nulidad del despido, hasta que se resolviera el recurso de suplicación, debería pagar los salarios a la plantilla, devolver al servicio de empleo la cantidad correspondiente a las prestaciones cobradas por el personal y abonar a estos la diferencia económica para igualar sus nóminas.

La reincorporación que fija la jueza resulta compleja, pues Confecciones Corrochano se ha declarado insolvente, el centro de trabajo ha sido vendido ya y otra empresa textil funciona en el taller, aunque los demandantes tienen previsto reclamar formalmente volver a su puesto de trabajo.

Si Pull and Bear decide que no les reincorpora, el despido sería improcedente y los trabajadores cobrarían la indemnización de 45 días por año trabajado.

«Yo prefiero trabajar», ha afirmado Arriero, porque ha dicho: «antes de una indemnización, quisiera seguir con mi trabajo».

En la sentencia, la jueza toma en consideración que Pull and Bear daba instrucciones precisas a Corrochano a lo largo de todo el proceso de producción, desde el diseño inicial a la forma de fabricación y terminación de las prendas hasta el embalaje etiquetado final y que el taller no elegía libremente a sus proveedores ni la materia prima que compraba para la confección.

También indica que Corrochano no fijaba el precio de lo que vendía, sino que era Pull and Bear establecía el precio, lo que supone que es quien determina el coste de producción y el margen de beneficio.

Además, la producción se hacía sin que existiera previamente contratación, pues no constan hojas de encargo o pedidos.

La jueza indica igualmente que cuando Pull and Bear deja de encargar sus prendas al taller, este cierra, pues sus trabajos para otras marcas son de escasa entidad.

http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1052363

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