Dos acusados por un accidente laboral en el que falleció un trabajador en Llanera aceptan penas de prisión


Los dos acusados por un accidente laboral ocurrido en San Cucao de Llanera en 2007, B.A.B. y L.J.P.G., en el que falleció un trabajador han asumido su responsabilidad y aceptaron ser condenados por su implicación en el siniestro. La vista oral estaba señalada a las 9.30 horas de este martes en el Juzgado de lo Penal número uno de Oviedo, aunque finalmente no llegó a desarrollarse tras el acuerdo alcanzado entre las partes.

B.A.B. aceptó una condena de un año de prisión por un delito de homicidio imprudente del 142.1 del Código Penal. Y el acusado L.J.P.G. aceptó una condena de un año y seis meses de prisión y multa de 1.080 euros por un delito contra los derechos de los trabajadores

La Fiscal Delegada de Siniestralidad del Principado de Asturias, Esperanza González Avella, retiró su petición inicial de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo durante dos años.

Los acusados aceptaron igualmente el pago de una indemnización conjunta y solidaria para los dos trabajadores que resultaron heridos, una de 217 euros y otra de 820,74, más los intereses legales.

De estas cantidades responderán directamente las compañías aseguradoras de la empresa a la que pertenecía el trabajador fallecido y la del conductor del camión y, en su caso, las de los propios acusados. Subsidiariamente se harán cargo la empresa a la que pertenecía el trabajador fallecido y la del conductor del camión que desencadenó el siniestro.
LOS HECHOS

Sobre las seis menos cuarto de la tarde del 29 de junio de 2007, G. B. M., de 47 años, estaba trabajando como auxiliar de laboratorio en una caseta en Agüera, San Cucao de Llanera, cuando fue aplastado por la estructura de la misma, que se derrumbó al caerle encima una cubeta cargada de cal. Ésta se desplomó cuando el camión que la transportaba se disponía a trasvasar parte de la carga que sobraba a otra cuba, volcando el vehículo y la cubeta sobre la caseta donde se encontraba el trabajador, que falleció.

El accidente se produjo cuando B. A. B., conductor del camión, colocó el vehículo encima de la báscula para proceder a su pesaje. Al comprobar que excedía de cuatro toneladas, levantó el volquete en la misma báscula para pasar las cuatro toneladas a otro vehículo, momento en que se desequilibró la carga, cayendo el camión lateralmente sobre la caseta que estaba situada al lado y en la que se encontraba el trabajador fallecido. En el camión figuraba la prohibición de levantarlo sobre superficies blandas, irregulares o inestables. Tampoco se podía levantar con trabajadores en las proximidades ni sin colocar los estabilizadores.

Los acusados son B. A. B., conductor del camión que desencadenó el accidente. Tenía experiencia en el desempeño del trabajo y realizó el trasvase levantando el volquete pese a conocer que esta maniobra estaba prohibida realizarla en superficies inestables y móviles, prohibición que figuraba colocada de forma gráfica y visible en el propio camión. Asimismo actuó sin colocar los estabilizadores, como exigía la maniobra, tal y como también venía indicado en la placa del vehículo.

Y L. J. P. G., encargado general de la producción y de la nave de la empresa a la que pertenecía el trabajador fallecido. Tenía formación en materia de prevención de riesgos laborales y era conocedor de que en la báscula no se podía realizar el trasvase del material y de que en la empresa existía un lugar especialmente destinado a ese efecto. Aún así, dio al acusado B. A. B. la orden de hacerlo, indicando al conductor de otro camión que se colocara en paralelo al vehículo que provocó el accidente, sin supervisar la operación y ausentándose del lugar.

Además, en la caseta, en situación de riesgo se encontraban cinco personas, tres de las cuales resultaron heridas (una de ellas renunció a la indemnización que pudiera corresponderle).

http://www.europapress.es/asturias/noticia-dos-acusados-accidente-laboral-fallecio-trabajador-llanera-aceptan-penas-prision-20120508130133.html

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