El Juzgado de lo Social declara improcedente el despido de una periodista


El juzgado de lo Social de Algeciras ha fallado que el pasado 11 de febrero la que fuera jefa de redacción de Onda Algeciras Televisión (OATV) Desiré Vidal fue despedida de manera improcedente por parte de la empresa municipal Medios de Comunicación del Ayuntamiento de Algeciras (Emcalsa).

El ente municipal expuso en la carta de despido disciplinario que la expulsaba porque la periodista se negó el 29 de diciembre a promocionar en el informativo una entrevista grabada del exalcalde de Algeciras Diego Sánchez Rull. La resolución refleja ahora que en el juicio «la empresa demandada no ha acreditado que la trabajadora hubiera cometido la infracción grave que se le imputa, en concreto, que haya omitido incluir en los informativos de forma deliberada y culpable la información que se le ordenó».

El fallo posibilita a la empleadora (OATV) la opción «de a su voluntad» de extinguir esta relación laboral, pero abonándole 17.870, 95 euros de indemnización, más los salarios de tramitación que dejó de percibir Vidal desde el 12 de febrero de 2010. La otra alternativa es readmitirla en su plantilla y pagarle los salarios pendientes desde febrero. Contra esta sentencia cabe recurso en la sala de Lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

En el punto segundo de los Fundamentos de Derecho, desestima la nulidad que demandaba la redactora de que fue objeto de discriminación o trato irracional «por usar del derecho a la configuración de la información que ofrecía a través del espacio informativo que dirigía».

En el punto tercero, la sentencia refleja que queda acreditado que ella recibió la orden del director de la emisora, Juan Francisco Aguilera, de emitir la información para la promoción dentro del informativo Redacción de la entrevista del alcalde. A continuación ella realizó una llamada telefónica a la dirección de Comunicación del Ayuntamiento, «hecho que al parecer al director y a la testigo les pareció una forma de ningunear a quien había emitido la orden directa». «Ello no implica que la trabajadora se opusiera a realizar la conducta ordenada», agrega el documento judicial.

Considera que la empresa no constató que cumpliera o no con la orden, «pues no se encargó personalmente de ninguno de los informativos que se emitieron ese día». Recuerda que Vidal se marchó del centro de trabajo antes de la emisión del programa de las 14:00 horas y ya no regresó. A partir de las 15:00 fue atendida en Urgencias por una crisis de ansiedad.

También descarta que la promoción de esa información fuera de vital importancia que se emitiera ese día, el 29 de diciembre de 2010. Precisa que tras abandonar el trabajo Vidal, después de recibir un expediente sancionador, «no se tomó ninguna medida por parte de la dirección para asegurar la información ese día, aunque fuera por la tarde-noche».

http://www.europasur.es/article/algeciras/1010138/juzgado/lo/social/declara/improcedente/despido/desire/vidal.html

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