Huelva: El Puerto es condenado a readmitir o pagar 392.000 euros a Enrique Pérez


La Autoridad Portuaria tendrá que readmitir o en su defecto indemnizar al que fue su director durante 20 años, Enrique Pérez, destituido el pasado mes de marzo en lo que la juez ha calificado de despido improcedente. Ante una readmisión poco probable (el despido es por falta de confianza según la Autoridad Portuaria), la entidad tendría que pagar al cargo directivo 392.807,21 euros en concepto de indemnización.

Así lo recoge la sentencia dictada el pasado día 19. Enrique Pérez cesó en su cargo entre la sorpresa y la polémica en marzo pasado, tras haber sido desposeído paulatinamente de todas sus funciones. El movimiento para apartar al histórico director del Puerto se producía poco antes de unas elecciones autonómicas que las encuestas daban por ganadas al PP, mientras que la presidenta del Puerto que pretendía ejecutar la importante remodelación de la cúpula directiva, Manuela de Paz, había sido nombrada por el PSOE. Llegaba tras una serie de disensiones en la política de contratación e intendencia.

Finalmente, al día siguiente de los comicios andaluces, Enrique Pérez recibió una comunicación de «resolución de cese» en el que la Autoridad Portaria justificaba su salida en la «pérdida de confianza motivada en incumplimientos graves y culpables en la gestión de materias propias de su responsabilidad como director del Puerto de Huelva». La resolución sólo concretaba sobre estos incumplimientos quedaban de manifiesto «en los informes de la auditoría emitidos por la Intervención General de la Administración del Estado relativos a las áreas de personal, contratación y otros gastos, emitidos en el segundo semestre de 2011 y a primeros del año en curso, a lo que hay que sumar la actitud obstructiva ante decisiones y medidas adoptadas por esta Presidencia».

El ex director del Puerto recurrió la decisión y acudió posteriormente al Juzgado de lo Social. Y éste le ha dado la razón, considerando improcedente el despido por su insuficiente explicación de los motivos, «al contener imputaciones genéricas e imprecisas, aludiendo a la conducta del actor como causante de unas irregularidades sin detalle de ellas, ni de cuáles son los hipotéticos comportamientos de los que se desprenda una actitud obstructiva para con decisiones y medidas adoptadas por la Presidencia, todo lo cual se revela como necesario ante el reproche de incumplimiento contractual». algo que, según la jurisprudencia al respecto, constituye una «posición de ventaja de la que puede prevalerse la empresa en su oposición a la demanda del trabajador».

Por todo ello, la juez califica improcedente la decisión de despedir a Enrique Pérez y condena a la readmisión o pago de esos casi 400.000 euros.

http://www.huelvainformacion.es/article/huelva/1361842/puerto/es/condenado/readmitir/o/pagar/euros/enrique/perez.html

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