La autoridad laboral da la razón a CCOO denegando el expediente de extinción de empleo al hotel Luna


El sindicato provincial de Comercio, Hostelería y Turismo de CCOO de Granada ha valorado de forma “muy positiva” la resolución de la Delegación de Empleo que ha denegado el Expediente de Extinción de Empleo solicitado por la empresa Turismo Siglo XXI perteneciente al grupo Hoteles MA, arrendataria del Hotel Luna de Granada. Desde el pasado 1 de noviembre, el establecimiento permanece cerrado debido a unas obras de reforma. Para la responsable provincial de Comercio, Hostelería y Turismo de CCOO de Granada, Elvira Martínez la autoridad laboral ha dado la razón al sindicato que desde el primer momento calificó esta maniobra como un “cierre patronal”.

La empresa entregó a los representantes de los trabajadores un Expediente de Extinción de Empleo que afecta a 34 personas, algunas con una antigüedad de diecisiete años, que han interpuesto ya las correspondientes demandas de despido, solicitando la subrogación.

El Hotel se va a reformar pero se va a abrir de nuevo por lo que en este caso la representante sindical considera que se debería haber solicitado un Expediente de Suspensión Temporal de Empleo. En el momento que cambia la gestión del establecimiento, los trabajadores tienen derecho a ser subrogados, según Martínez. Así lo reconoce el Convenio Provincial de Hostelería y el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores y lo recoge el informe emitido por Empleo textualmente según el cual “queda claro que la entidad que pase a ser titular de dicha explotación (…) deberá subrogarse en las relaciones laborales de los trabajadores”.

Según consta en la resolución de la Delegación de Empleo “la empresa alega causas económicas para solicitar la extinción de todos los contratos de trabajo (…) sin embargo el hecho causante de la solicitud es el acuerdo de rescisión de contrato de arrendamiento suscrito entre la empresa propietaria del complejo hotelero y la arrendataria del mismo. Según la autoridad laboral, dicha rescisión supone la imposibilidad técnica y no económica de continuar explotando el establecimiento por parte de la arrendataria, tal y como se indica en el informe emitido por la Inspección Provincial de Trabajo y la Seguridad Social.

http://www.ideal.es/granada/20111215/local/granada/autoridad-laboral-razon-ccoo-201112151753.html

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