Travel Road: impago de salarios y represión antisindical

Relato enviado por Afectados Travel Road


Los trabajadores de Travel Road S.L., empresa dedicada al transporte de tripulaciones aéreas en Barajas, estábamos acostumbrados a tener que esperar mucho tiempo para percibir los salarios y a tener que estar pidiéndole constantemente al gerente que nos abonase las nóminas. Estas podían retrasarse hasta cinco meses. El diálogo servía de poco y un grupo de trabajadores decidimos que uno de nosotros se presentara a delegado de personal. Ello le supuso al administrador único de la empresa una enorme sorpresa –y un gran disgusto-: en Travel Road no había representación sindical. Por ello comenzó a hacerles la vida imposible a todos los trabajadores que apoyaban la candidatura. También se presentó otra candidatura, la del hijo del dueño de la empresa.

El dueño perdió las elecciones y el acoso contra los que habían apoyado la candidatura no “afín” llegó hasta el punto del despido: los que habían votado en contra del hijo del jefe fueron despedidos dejándoles a deber sueldos, pagas y la propia liquidación de los despidos.

En marzo de 2013 el jefe promueve un nuevo ardid: convocar una revocatoria del delegado sindical elegido. La convocatoria es ilegal (por tiempo y forma). El dueño amenaza a todo el personal: había que quitar de en medio al delegado como fuera; quien no firmara la revocación sería despedido. Todos firmaron y la revocación salió adelante. Una vez conseguido el propósito, el jefe fue despidiendo al personal alegando motivos inventados de lo más variado: robo de tarjetas de crédito, sobres con dinero, insultos al gerente, intentos de agresión, etc. Hay que tener en cuenta que estamos hablando de una empresa familiar pequeña -en estos momentos tiene unos once empleados-.

Este conflicto ha dado lugar a diecisiete denuncias a lo laboral, cinco a lo penal y doce a inspección de trabajo. Todos los juicios celebrados hasta el momento han salido favorables al personal, quedando por celebrar un total de nueve juicios de lo laboral y dos por lo penal.

Algunos de los juicios han sido por las falsas acusaciones que realizaba la empresa contra los trabajadores para poder despedirlos: por el momento, los juzgados han fallado siempre a favor de los trabajadores.

Hay sentencia condenatoria por parte del juzgado hacia la empresa, relativa a la mala práctica hacia un trabajador en cuanto a horarios, turnos, días de libranza, etc.(sentencia nº 81/2014 del Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, 4 de marzo 2014). Al recibir la sentencia, el gerente reacciona de la siguiente manera ante el trabajador: esa señora (la jueza) no es quien  para decirme  a mí cómo tengo que llevar mi empresa y con esa sentencia me limpio el culo y  si tienes cojones me denuncias por desacato (hay grabación de la conversación que realizó el empleado y puesta la posterior denuncia).

Hay acuerdos tomados ante el secretario judicial donde se dicen las fechas en las que tiene que realizar los pagos del acuerdo y la empresa no los cumple.

La inspección de trabajo tiene varios requerimientos donde se le exige la presentación de documentos relativos a la cotización de cantidades que no fueron realizados en su momento y que a fecha de hoy no presenta. Asimismo hay seis resoluciones favorables al personal por no cumplir la empresa con las fechas de los pagos que establece la ley, donde se le dice que se considera asunto muy grave según el artículo 8.I del real decreto legislativo 5/2000 de 4 de agosto.

La empresa tiene denuncias a la inspección de trabajo, por haber perdido juicio en el

juzgado nº 35 de lo social procedimiento nº 727/2013 relacionado con una  sanción de 20 días  a un trabajador y  no haber efectuado el pago correspondiente a la Seguridad Social en el apartado percepciones salariales, por lo que no cotizó por dichos días.

A día de hoy la empresa tiene los siguientes juicios pendientes:

. Día 8 de abril, juicio por sanción injustificada a un empleado de veinte días.

. Día 3 de junio, juicio por no pagar la paga extraordinaria de navidad 2011, así como los atrasos de ese mismo año a cuatro trabajadores.

.  Día 1 de julio, juicio de dos trabajadores por falta de pago de los transfer correspondientes a todo el año 2012.

. 30 de septiembre, juicio de un trabajador por no pagarle las cantidades.

. Octubre, pendiente del día: juicio por despido de un trabajador sin abonarle las cantidades adeudadas y sin darle la liquidación correspondiente por el despido.

. Día 21 de octubre, juicio por despido de un trabajador sin abonarle las cantidades adeudadas.

. Día 4 de diciembre, juicio por no haberle abonado a un trabajador las cantidades de los transfer correspondientes al 2013.

. Día 11 de diciembre, juicio por cantidades que adeuda a un trabajador.

. Día 16 de diciembre, juicio por no pagar a un trabajador las cantidades que se le adeudan.

Addendo: Información recibida el 4 de junio de 2014:

Acta de infracción contra Travel Road S.L

Se le levanta acta de infracción por parte de la Inspección de Trabajo, contra la empresa Travel Road S.L  por diferencia en la cotización  a la Seguridad Social, durante el periodo 01-2010 al 06 2013, obligándola a pagar las cantidades pendientes más el recargo correspondiente  por la falta ingreso en el plazo reglamentario, en los supuestos de derivación de responsabilidad se incluyen también los intereses y las costas. Todo conforme al artículo 33.1 de reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones liquidatorias de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/1998 de 14 de mayo (BOE 3 de Junio).

 Travel Road S.L se queda sin uno de sus mejores clientes Delta Air Lines como consecuencia de su mala gestión.

 

Información recibida el 1 de octubre de 2014:

Con fecha 30 de septiembre 2014 se tenía que haber celebrado juicio  contra la empresa por petición de cantidades de un trabajador, procedimiento nº598/2013 en el juzgado nº 13 de Madrid. Al no presentarse la  empresa, su Señoría lo dejó visto para sentencia.

Relato enviado por Afectados Travel Road. Abril 2014.
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