Prórroga automática de contrato


Hola,
Soy trabajador de Carrefour Market en Madrid. Tengo una duda acerca de mi contrato y quería saber si podrían ayudarme.
Entré en la empresa con un contrato temporal de febrero a junio, trabajando media jornada. En junio me cumplió el contrato y estaba a la expectativa de una renovación. Pregunté a mi jefe (un día antes de que cumpliera) y su respuesta fue «tu sigue viniendo». Pasadas unas semanas volví a preguntar cuales eran mis nuevas condiciones y si podían ofrecerme un contrato actualizado de mi nueva situación (yo seguía acudiendo con mi mismo horario y todo). La nueva respuesta del jefe fue «tu mientras te sigamos pagando no te preocupes».
He escuchado y leído en foros, desconozco si muy cualificados o no, que pasados quince días desde el final del contrato temporal, si la empresa no te dice nada, se supone que pasas a INDEFINIDO.
Quería saber si esto es así ya que ando un poco perdido y preocupado.
Les estaría enormemente agradecido si pudieran ayudarme.

Muchísimas gracias.
Un cordial saludo

DATOS POR SI PUEDEN AYUDAR:
– El contrato que firmé es un CONTRATO TEMPORAL. Tiempo parcial. Jornada de trabajo ordinaria de 906,79 con un periodo de prueba de 30 días.
– Contrato EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN.

Respuesta:

Cuando los contratos temporales llegan a su fin o término (suponiendo que no sea un contrato en fraude de ley por no tener un objeto temporal cierto y cubrir un puesto permanente de la empresa), si la empresa no da fin al contrato y el trabajador sigue prestado sus servicios, el contrato se prorroga automáticamente hasta el tiempo máximo permitido en el Estatuto de los Trabajadores, en su art. 15 o en el Convenio Colectivo de la empresa. Y si ya no caben mas prorrogas, se transforma a indefinido, al seguir prestando servicios tras la finalización del contrato temporal.

Puedes acudir a la Tesorería General de la Seguridad Social para comprobar tu situación actual en la empresa. En una vida laboral aparece el tipo de contrato y si sigues en alta.

Clara Gómez

Abogada

 

Imprimir | PDF



Recibe notificaciones para seguir el debate:
Notificarme vía email si hay
guest
0 Comentarios
Inline Feedbacks
Ver todos los comentarios