Condena a Telemadrid por vulnerar el derecho a la libertad sindical


Telemadrid ha sido condenada por el Juzgado de lo Social número 33 de Madrid a indemnizar a UGT y CGT con 10.000 euros a cada uno por vulnerar el derecho fundamental de libertad sindical durante la huelga que convocaron ambos sindicatos en la televisión pública madrileña el 22 de diciembre de 2010.

En la sentencia, se estima parcialmente la demanda promovida por los dos sindicatos demandantes (UGT y CGT) contra Telemadrid y el Ente Público Radio Televisión Madrid al absolver al segundo, si bien condena a la primera por su conducta frente a la convocatoria de huelga.

En la demanda, los sindicatos solicitaban una indemnización por de 100.006 euros por daños morales.

Un portavoz de Telemadrid ha asegurado que la televisión pública autonómica ha recibido la notificación oficial del fallo este mismo jueves y ha avanzado, a falta de un análisis más pormenorizado por parte de sus servicios jurídicos, que será recurrida la sentencia «casi con toda probabilidad».
Los hechos

La huelga, convocada de nueve de la mañana a tres de la tarde para todo el personal de Telemadrid, coincidiendo con la retransmisión del Sorteo de la Lotería de Navidad, fue secundada por los operadores y ayudantes de cámara.

La dirección de Telemadrid decidió sustituir la señal propia por la institucional de TVE y la grabación por cámaras de equipos volantes por la ciudad también fue sustituida por imágenes proporcionadas por agencias informativas.

Ello permitió, según recoge la sentencia, ofrecer a su audiencia una falsa sensación de normalidad, lo que habría ocurrido si la cadena hubiera suspendido la retransmisión del sorteo o lo hubiera realizado con periodos fundidos en negro.

Por tanto, añade, «se vulneró el derecho de libertad sindical de los convocantes al privarles de forma ilegítima de su acción sindical a través de uso del derecho de huelga, lo que constituye una evidente trasgresión del citado derecho fundamental.

Los sindicatos alegaron en su demanda que los trabajadores que secundaron la huelga vieron mermados sus ingresos sin que su sacrificio tuviera «efectos prácticos», que la acción llevada a cabo debilitó la posición social de los sindicatos convocantes y que se engañó a los espectadores con una situación de normalidad ficticia.

En los fundamentos de derecho de la sentencia, el titular del Juzgado de lo Social número 33 de Madrid, José Pablo Aramendi, señala que debe tenerse en consideración la existencia de precedentes judiciales que han condenado a Telemadrid por vulneración de los derechos fundamentales laborales específicos y que pese a estas condenas se ha reiterado en las mismas prácticas contrarias al ordenamiento.

http://www.elmundo.es/elmundo/2012/02/02/madrid/1328217164.html

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