Declaran nulo el despido por motivos políticos de una empleada municipal


Nulo por vulnerar uno de los derechos fundamentales y libertades públicas de todo trabajador: el de la libertad ideológica. El Juzgado de lo Social Número 1 de Huelva ha declarado sin efecto el despido de Y. R.V., coordinadora del Área de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Aljaraque desde el 4 de julio de 2007 hasta el 31 de agosto de 2011 -día en que se hizo efectivo su despido- al entender que su destitución atendió a motivos ideológicos: pertenecía a un partido político distinto al que gobernaba en el Consistorio.

El juicio tuvo lugar el pasado 9 de febrero de 2012 y, según dictamina la sentencia, que tiene fecha de 14 de febrero, la empleada -que fue candidata por las listas del PSOE en las municipales de 2007 y que había ejercido las funciones de secretaria de organización del PSOE de Aljaraque desde el 20 de octubre de 2008- tendrá que ser readmitida en las mismas condiciones laborales que fue despedida y recibirá del Ayuntamiento los salarios que dejó de percibir desde su cese hasta el día de su efectiva readmisión «a razón de un salario diario de 86,96 euros».

El Ayuntamiento, que ha interpuesto un recurso de suplicación ante la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), también ha sido condenado a mantener a la empleada en la Seguridad Social durante el periodo de devengo de los salarios de tramitación, así como a indemnizarla con 2.000 euros «en concepto de daños morales».

Y. R.V. presentó el 18 de octubre de 2011 en los juzgados una demanda pidiendo que se declarase nulo su despido y, de un modo subsidiario, la improcedencia del mismo al entender sin ningún tipo de dudas que la razón de su destitución era su vinculación política con el PSOE. Así, por el mero hecho de pertenecer a un partido político distinto al del equipo de Gobierno local, sufrió «una campaña de descrédito» con motivo de la convocatoria de un concurso de oposición de una plaza de técnico de Desarrollo Local, al buzonearse unos panfletos por el pueblo a finales de 2010, en los que «fue tachada de enchufada por las Nuevas Generaciones del PP en Aljaraque».

Al respecto, se consideran hechos probados que en el BOP del 28 de abril de 2008 se aprobó la oferta de empleo público del Consistorio para 2008, en el que figuraba una vacante de técnico superior de Desarrollo Local. En el BOJA del 3 de diciembre de 2009 y el BOP del 12 de enero de 2010 se publicaron las bases particulares para proveer en propiedad, mediante concurso oposición, turno libre la plaza de técnico superior. Pero por resolución de Alcaldía, el 2 de febrero de 2010 «se dejó sin efecto la convocatoria de la plaza debido a circunstancias organizativas y económicas».

En la sentencia se relata que a finales de 2010 Nuevas Generaciones de Aljaraque «difundieron un panfleto en el que se reproduce una fotografía en la que aparecía Y.R.V. con la frase «Enchufismo en Desarrollo Local????». Precisamente el Juzgado de lo Social Número 2 tuvo constancia de la demanda interpuesta por otra trabajadora del Ayuntamiento que también aparecía en la foto del panfleto, cuyo despido también fue declarado nulo.

Tras tomar posesión como alcalde el popular David Toscano el 11 de junio de 2011, a finales de ese mes tres ediles del PP visitaron el área de Desarrollo Local y anunciaron que Yolanda dejaría de ser coordinadora, ocupando su puesto M.M.C., que es la secretaria de Desarrollo Local del PP de Aljaraque. A juicio de la empleada destituida, la nueva coordinadora tenía inferior cualificación profesional.

El Juzgado considera probado que el 2 de agosto -catorce días antes de que Y. R.V. recibiera la comunicación de su cese- la edil popular J.C. le indicó a M.M. (una agente local de promoción para el Empleo contratada por el Consorcio para la Unidad territorial de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Costa de Huelva, adscrita al Ayuntamiento de Aljaraque) que el cese de Y.R.V. era «por motivaciones políticas».

El Ayuntamiento de Aljaraque hizo entrega a la trabajadora de la carta de despido objetivo de fecha 16 de agosto de 2011, con efecto el 31 de agosto. En la misma se aportaba el informe anual de la situación económica general del ayuntamiento para amparar en causas económicas, de producción y también organizativas -consideraba que se solapaban funciones- la extinción de su contrato de trabajo.

http://www.huelvainformacion.es/article/provincia/1210887/declaran/nulo/despido/por/motivos/politicos/una/empleada/municipal.html

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