Trabajo multa con 50.000 € a una empresa de Almassora por boicotear una inspección laboral


La sección quinta de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha ratificado una multa de 50.000 euros impuesta por el Ministerio de Trabajo a una empresa constructora de Almassora por obstruir la labor de la Inspección al no identificar a siete operarios y un gruista que desaparecieron cuando dos inspectoras les requirieron la documentación.

La sala rechaza así el recurso contencioso interpuesto por la empresa, situada en el camino L’Om Blanc, contra la resolución del Ministerio de Trabajo. El TSJ da por buena el acta de Inspección, en el que queda constancia de que las dos inspectoras pidieron al jefe de obra que identificara a estas personas y las llevara ante ellas pero tan solo lo hizo con uno de ellos, aunque las funcionarias comprobaron que no era la misma persona que ellas habían visto anteriormente.

La Inspección les entregó una primera citación en mayo de 2009, donde solo compareció un adjunto a gerencia, y se le requirió de nuevo a la empresa para dos días después, con similar resultado. La firma alegaba que los trabajadores que se encontraban el día de la visita en la empresa pertenecían a subcontratas y era imposible su identificación.

SIN PRUEBAS // La sala considera en su resolución que la empresa no ha aportado las pruebas de descargo que le eximirían del pago de la sanción sino únicamente una explicación “nada convincente y con claros tintes exculpatorios de que los trabajadores que se encontraban en el centro de trabajo no pertenecían a su plantilla sino a terceras empresa subcontratadas”.

Sin embargo, según el tribunal, no se puede aceptar este motivo porque “no habiendo identificado el jefe de la obra a los trabajadores que se encontraban en la misma, difícilmente se puede aceptar que los operarios pertenecían a otra mercantil”. Además, el fallo destaca que, de acuerdo con la legislación, “recae en el empresario principal el control de la actividad laboral que en su mercantil se desarrolla y la acreditación de los que se encuentren en el centro de trabajo”.

http://www.elperiodicomediterraneo.com/noticias/sucesos/trabajo-multa-con-50-000-euro-a-una-empresa-de-almassora_760912.html

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